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De Octubre de 1.998 a Enero de 2.002, desaparece de la parroquia de El Cañavate la reliquia del Lignum Crucis que veis en las fotografías. Su desaparición está denunciada en el Obispado de Cuenca y en la Policía. He aquí el Documento.

AUTÉNTICO TESTIMONIO DE LA SANTA RELIQUIA DEL SATÍSIMO LIGNUM CRUCIS QUE EXISTE EN ESTA IGLESIA DE EL CAÑAVATE Y LA ENVIÓ JULIÁN LÓPEZ DE LOS RIOS, NATURAL DE ESTA VILLA DESDE LA DE CASPE DEL REYNO DE ARAGÓN A 4 DE FEBRERO DE 1.726. ( Archivo Parroquial de El Cañavate. Copia  del  original. Trascripción  A. Alfaro. 1.985)

(Folio 1) Nos Dn. Fray Joseph Quixal Y Xerich del Orden Sagrado y Militar del Sr. San Juan de Jerusalén, presidente de este su convento de la Villa de Caspe, y su primer tesorero, y Sacristán Mayor de la Insigne colegial de Santa María la Mayor de dicha villa por thenor de las presentes hacemos asaber al Rdo. Capítulo, cura y beneficiarios de la villa del El Cañavate y a los honoríficos Alcalde y regidores de ella, como el 26 de octubre del año 1.723 paresció personalmente ante nos, Julián López de los Ríos, vecino de dicha villa, el que humildemente nos suplicó, y rogó con vivas instancias, por una y muchas veces, le consolásemos  en darle una porción por leve que fuese del Santísimo Lignum Crucis que venera y tiene este convento, cuya súplica nace de la mucha devoción tiene por los singulares prodigios que en veinte años que reside en esta villa ha experimentado, en que nos aseguró con juramento no la pedía con otro fin, que para colocarla en la Parroquial de dicha villa de El Cañavate para el mayor consuelo de sus vecinos y asistencia de sus tribulaciones, en virtud de dicha súplica consentimos en consolar su pía devoción, y abriendo el cofre donde están depositadas varias reliquias, y así mismo el  dicho santísimo Lignum Crucis que es de una cuarta en largo, y media en ancho, y de recio como el dedo pequeño de la mano de una persona, y está engastado en oro con sus cristales; y mandamos llamar a Ignacio Querol, Maestre Platero, vecino de esta villa, al que mandamos abriese en nuestra presencia dicho engaste, y yo con mis manos propias corté dos leves porciones las que inmediatamente deposité, y puse en el centro de una cruz de Plata que el dicho Julián López de los Ríos tenía allí prevenida, la que es de peso de siete onzas y media 

(Folio 2)  y en ella están unas letras esculpidas donde dice: me  dio  Julian López de Los Rios: para El Cañavate: y colocada dicha reliquia en dicha cruz, mandamos la cerrar, y soldar al dicho platero en nuestra presencia, ya así cerrada, quedó en nuestro poder con las demás reliquias hasta que el dicho Julián López, o persona muy de su satisfacción, y nuestra la lleve, y entregue en dicha parroquia, y que traiga recibo de su entrega y de que queda allí colocada. Y de todo lo dicho doy fe, como sacerdote, y religioso ser así verdad.

Así mismo hago relación como en el archivo de este nuestro convento ,y en la librería se halla un libro llamado lumen domus, en el que contiene todas las dádibas que el Ilustrísimo Sr. Dn. Juan Fernández de Heredia, Gran Maestre de nuestra Religión, y fundador, y único patrón de este nuestro convento dio; y entre ellas este santísimo Lignum Crucis, el que consta por Bula Pontificia su entrega en Abiñón de Francia en 13 de septiembre del año 1.394: Gobernando la iglesia el Papa Clemente séptimo, el dio graciosamente dicho Santísimo Lignum Crucis a nuestro fundador, el que hasta entonces había servido de guión a todos sus antecesores, y como a tan fiel hijo de la iglesia quiso premiar a nuestro fundador con este gran tesoro, y al mismo tiempo consta por dicha Bula, haberle también dado una espina de la corona de nuestro Redentor Jesucristo, Cabellos de la cabeza de María Santísima Nuestra Señora, la cabeza de Santa Sofía, la cabeza de Santa Úrsula, una canilla de un brazo de San Esteban, y otras innumerables Reliquias, las que hoy se veneran en nuestro convento.

Los prodigios que se experimentan con la presencia del Smmo. Lignum Crucis son innumerables, y entre ellos

( Folio 3)  los más singulares son los siguientes:

Que siendo dicho Smmo. Lignum Crucis del tamaño referido que su peso puede ser de libra y media, pues se da a adorar en las festividades de la Cruz a los fieles, sustentándola con una mano el sacerdote, sin fatiga alguna; en la Dominica de Pasión se coloca sobre unas andas de madera tan ligeras que su peso será de una arroba, llevándola en procesión cuatro sacerdotes, los que procuran con limpias conciencias disponerse para llevarla, experimentan tan insoportable peso, que con ir muy pausada la procesión les precisa a muy corto trecho hacer mansión, y mudar de hombros, y sudar agonísticamente, y  aun algunas veces a sucedido  haberse de mudar otros sacerdotes para concluir la procesión;  a cuyo prodigio concurren muchos sacerdotes de los comarcanos pueblos con piadoso celo a pedir se les permita llevar dicho Smmo. Lignum Crucis, los que experimentan lo dicho, y aun mucho más, si son llevados de la curiosidad y no del celo.

Otro prodigio singular; que siendo la situación de este término y sus comarcanos, muy expuestos a tronadas, por las montañas que le circuyen, no hay memoria de que se nos haya apedreado el término si con tiempo se ha conjurado con el Smmo, Lignum Crucis, pues se experimenta estar los vecinos de este pueblo trabajando en los confines del término, y conocer haber sacado el Smmo. Lignum Crucis en el movimiento de las nubes, pues se desvanecen como el humo, y aun ha sucedido por tardar a sacarla comenzar a apedrear en nuestro término, e inmediatamente retroceder las nubes en el instante que se saca dicha Smma. Reliquia. Y de todo esto hacen relación cuantos han regentado este curato hasta el día de hoy”

Por los años de 1.686 castigó Dios este reino con una gran plaga de langosta, y a tiempo que ya entraba

(Folio 4 ) infectando nuestro término, se resolvió salir en procesión, y conjurarla con la Smma. Reliquia; caso prodigioso: en el mismo instante toda cuanta estaba en movimiento para entrar, a vista del pueblo retrocedió, y la que ya había entrado  instantáneamente quedó muerta, conque quiso el cielo quedásemos con el consuelo, de quedar ilesas nuestras cosechas, cuando todos los demás pueblos con el desconsuelo de haberles destruido todas sus heredades.

En el año 1.718, estuvo este pueblo en notable desconsuelo a causa de haberse llenado distintas partidas de nuestra huerta de ciertos animalillos que acá llamamos Garapatillo, tan sumamente nocibos que imprimen en el trigo tal corrupción, que a más de no dejarlos granar, es tal la hediondez que los brutos morirán de hambre antes que lo coman; a vista de esta plaga hizo suplica la villa a mi convento para que con la Smma. Reliquia lo fueran a conjurar, y saliendo en procesión el pueblo a pies descalzos desde la eminencia de un monte se conjuró dicha plaga, y fue Dios servido, asegurando los dueños de las heredades que se hallaban en ellas ha tiempo que conjuraban; instantáneamente se desapareció todo.

En las personas que en este pueblo han padecido maleficios se ha experimentado muchos prodigios conjurándoles con la Smma. Reliquia y a su imperio han quedado libres de gran trabajo, y en otros sujetos maleficiados que con varios exorcismos, no se habían explicado los espíritus malignos, a la presencia de esta Smma. Reliquia han sido precisados a hacerlo y a dejar la criatura.

Y en conclusión, son tantos los prodigios que en este pueblo se experimentan que quererlos resaltar todos, sería imposible; y a petición y ruego del dicho Julián López de los Ríos dimos las presentes letras firmadas por Nos, y los de nuestro convento e iglesia y de nuestro Platero; signadas con el sello de nuestro    convento y  firmadas por nuestro secretario apostólico a Mayor honra y Gloria de  Dios Ntro. Señor  

(FOLIO 5) En los días mes y año arriba calendados.

Dr. Fray Joseph Guixal y Xerich, Presidente. Rubricado.

Fray Joseph Punser. Religioso de S. Juan de Jerusalén de la villa de Caspe.

Dr. Joseph Felipe, Beneficiado de la dicha iglesia y comisionario del Santo Oficio de la Inqusición de este Reino de Aragón.

El Licenciado D. Marcos Samper y Villanueva. Beneficiado.

El Licenciado Miguel de Quinto, Beneficiado de dicha iglesia que regenta su cura Sº Apostólico. Rubricado.

         Yo Ignacio Querol, Maestro Platero juro ser verdad lo sobre dicho. Sellado.

                                                ...........................

         En la villa de El Cañavate, en veintiocho días del mes de mayo de 1.726 años, hallándose en la visita y confirmación el Exmo. Sr. Duque de Abrante mi Sr. Obispo de Cuenca, y resultado por informes hallarse un pliego Cerrado que con una reliquia en forma de Cruz desde la villa de Caspe, había remitido Julián López de (FOLIO 6) los Ríos, natural de esta villa, que parara en poder de Don Pedro Jiménez Cañavate, presbítero de esta dicha villa y beneficiado que ha sido de ella y habiéndole mandado la presentase y entregase a su Excelencia y que en su cubierta decía a los muy Ilustres Sres. Cabildo eclesiástico y secular de la villa del Cañavate y presentes uno y otro por su Excelencia se abrió el pliego y leyó la carta que es la que va original adjunta con este y expresando como expresa ser su última voluntad irrevocable que la Reliquia, que es un Lignum Crucis con las señas que expresa la auténtica ; y abierto reconocido y dádose a adorar al pueblo y por dicho Don Pedro Jiménez dado  consentimiento que para la mayor decencia se colocase en el sagrario del altar de Ntra. Sra. del Rosario, mandó dicho Sr. Exmo. que para que tenga entero cumplimiento puesto en el referido lugar, se le entregue la llave, y una copia de esta auténtica y carta, poniendo la original en el archivo de esta parroquia y otra copia en el Ayuntamiento, por el derecho que pueden tener, declarando así mismo que por muerte del dicho D. Pedro suceda en la llave y custodia el eclesiástico más pariente del dicho Julián López y en  defecto de eclesiástico de este linaje suceda en la Justicia que fuese de esta villa y siempre que haya eclesiástico vuelva la llave y custodia a él, por ser así su voluntad; y mando así mismo al Patrón que siempre que haya necesidad común asistan y la entreguen para que todos los fieles logren del beneficio sin que puedan embarazarlo por título alguno, volviéndola a colocar por el cura que es o fuese y asistencia del patrón. Y como secretario.

( Folio 7) que soy de dicho Sr. Excmo. Y de su mandado. Doy la presente certificación para que por ningún visitador ser pueda alterar esta disposición y para que conste lo firmo. Alfonso Navarro y Moreno. Rubricado.

                                                                 ...................

Santa Visita del Cañavate 14 de junio de 1.782.

En vista de los instrumentos que preceden declaro S.S.J. por legítimas la Reliquia del Santo Madero de la Cruz y mando se le diese culto y veneración que la corresponde y para que por tal se tenga y así se ejecute lo firmó y mandó S.S.J. el Obispo mi Señor que certifico.

         (Algo ilegible)

                                Por mandado de S.S.J. el Obispo mi Sr.

                                D.D. Manuel Martínez de Aranda. Rubricado.

                                               ...........................

( FOLIO 8) Mis Honoríficos Señores del Gobierno Eclesiástico y Secular de mi amada patria, siendo precisa obligación a los hombres la gratitud  sino según la obligación si quiera en la parte y hallándome yo tan sumamente obligado a mi patria he solicitado el medio más posible en que ser en parte agradecido a tantos beneficios como soy deudor, y acogiéndome en el sagrado refugio del Sr. S. Juan Bautista que como precursor de Ntro. Sr. Jesu Cristo me ha abierto camino para lograr del herario de su casa esta preciosa joya cuyos prodigios por ella experimentados hacen relación las adjuntas letras, pongo en manos de Vms. Su custodia, reverencia y celo para consuelo en lo espiritual y temporal en las almas con advertencia que es mi última voluntad e irrevocable que el Sr. Beneficiado D. Pedro Jiménez Cañete, mi primo, sea durante su vida natural, fiel custodia, dueño y conservador de dicha Smma. Reliquia, y que por memoria se haga en nombre mío dicha entrega por el dicho Sr. Beneficiado en las casas de su habitación para cuyo fin se deba desde su casa conducir a la iglesia, y no se pueda

(FOLIO 9)  abrir la caja donde está dicha Smma. Reliquia sin su voluntad y beneplácito, y que fenecidos los día de la vida natural de dicho Sr. Beneficiado mi primo, sucesivamente sea guardia, custodia y conservador de dicha Smm. Reliquia el sacerdote pariente mío más próximo de dicha iglesia de la villa de El Cañavate y en falta de no haber ningún señor eclesiástico pariente, nombro hasta que lo hubiese, a la muy Ilustre villa del Cañavate y en nombre suyo elegirán al eclesiástico más benemérito que juzgaren a honra y gloria de Dios Ntro. Sr. Al que Ruego prospere y guarde las Ilustres personas de Vms. Caspe y Febrero, 4 de 1.726.

B.L.M.  Su más humilde Patriense

Julián López de los Ríos. Rubricado.

Muy honoríficos Señores del Gobierno Eclesiástico y político de la Villa de El Cañavate, muy querida mía.

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